por CADTM Internacional
Traducido por María Elena Saludas, revisado por Griselda Piñero
1. Apoya cualquier iniciativa internacional sobre la deuda siempre que se lleve a cabo en un marco democrático como la Asamblea General de la ONU y que haga que los derechos humanos prevalezcan sobre los intereses de los acreedores;
2. recomienda añadir a los nueve principios el derecho inalienable de los Estados a llevar a cabo una auditoría integral de su deuda y a suspender el pago de la misma durante el período de las negociaciones sobre la reestructuración. El derecho a realizar auditorías ya está reconocido en muchos documentos internacionales como los Principios Rectores relativos a la Deuda Externa y los Derechos Humanos, adoptados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU el 18 de julio 2012. La suspensión del pago de la deuda se basa en la primacía de los derechos humanos, de conformidad con el artículo 103 de la Carta de la ONU y al argumento del estado de necesidad reconocido por el derecho consuetudinario internacional y por la jurisprudencia.
Traducido por María Elena Saludas, revisado por Griselda Piñero
El 10 de septiembre, la Asamblea General de las
Naciones Unidas aprobó por abrumadora mayoría (136 votos a favor, 6 en
contra y 41 abstenciones) una resolución que establece nueve principios a
seguir para la reestructuración de las deudas de los Estados. Una
reestructuración se concreta, generalmente, por una reprogramación o una
reducción de la deuda.
El objetivo de la ONU es la creación, a medio plazo, de un marco jurídico internacional para la reestructuración de deudas y, así contrarrestar la estrategia de los “fondos buitre”. Estos fondos privados de inversiones se aprovechan de un vacío legal para demandar a los Estados ante tribunales nacionales (principalmente tribunales ingleses y estadounidenses, que son más protectores con los acreedores) por el pago íntegro de las acreencias, que compran a precio vil, más los intereses.
El objetivo de la ONU es la creación, a medio plazo, de un marco jurídico internacional para la reestructuración de deudas y, así contrarrestar la estrategia de los “fondos buitre”. Estos fondos privados de inversiones se aprovechan de un vacío legal para demandar a los Estados ante tribunales nacionales (principalmente tribunales ingleses y estadounidenses, que son más protectores con los acreedores) por el pago íntegro de las acreencias, que compran a precio vil, más los intereses.
Pero los fondos buitres no son los únicos que se oponen a la introducción de un marco multilateral, avalan esa posición seis Estados, entre los más poderosos del planeta, que votaron en contra de la resolución
(Estados Unidos, Canadá, Alemania, Japón, Israel y Gran Bretaña) e
incluso se abstuvieron, sorprendentemente, todos los países de la Unión
Europea, Grecia incluida.
Para justificarse, los gobiernos de estos países presentaron dos
argumentos. En primer lugar opinan que los principios establecidos en la
presente resolución (la imparcialidad, la transparencia, la buena fe,
el tratamiento equitativo, la inmunidad soberana, la legitimidad, la
sostenibilidad, la aplicación de la regla de la mayoría, la soberanía)
no reflejarían el derecho internacional. El experto de la ONU sobre Deuda,
Juan Pablo Bohoslavsky dice, en cambio, que estos principios no crean
ninguna nueva obligación para los Estados y se limitan a codificar las
normas vigentes del derecho internacional. El segundo argumento se
remite a decir que la ONU no es el lugar apropiado y que es en el marco
del FMI y del Club de París donde se deben gestionar las cuestiones relacionadas con las deudas soberanas.
Recordemos que el Club de París es un grupo informal que reúne a los
veinte Estados acreedores más ricos, ninguno de los cuales votó a favor
de la resolución; que los Estados Unidos todavía tienen un poder de veto
en el FMI, y que esta institución siempre ha sido dirigida por un
representante de la Unión Europea, en la actualidad Christine Lagarde.
Por lo tanto, estas organizaciones representan exclusivamente los
intereses de los acreedores occidentales al servicio de los intereses
del sector financiero. Esto explica su hostilidad para regular las
reestructuraciones de deudas dentro de un marco democrático como la
Asamblea General de las Naciones Unidas, donde todos los Estados están
en condiciones de igualdad, ya que todos disponen de un solo voto.
La historia muestra, sin embargo, que las reestructuraciones de deuda siempre se han hecho teniendo en cuenta el interés
de los acreedores que imponen, a cambio de la reprogramación o la
reducción de la deuda, condiciones contrarias a los intereses de la
población de los países endeudados. Este es el caso de cientos de
reestructuraciones de deudas de los países del Sur llevadas a cabo por
el FMI y el Club de París. Y también es el caso de la reestructuración
de la deuda griega organizada por la Troika (BCE,
Comisión Europea y FMI) en 2012, que estuvo condicionada a la
profundización de las políticas de austeridad que violaron directa e
intencionadamente los derechos fundamentales de las población y originó
la explosión de la deuda griega. Particularmente, esto es lo que pone
en evidencia el informe preliminar de la Comisión para la Verdad sobre
la Deuda, establecida por la Presidente del Parlamento griego, Zoe
Konstantopoulou y de la que forman parte varios miembros de la red
CADTM. La Comisión obtuvo un documento interno del FMI, de marzo de
2010, que demuestra que los acreedores sabían de antemano que la
imposición de esas medidas de austeridad daría lugar a un desastre
económico y social, y conduciría, inevitablemente, a un aumento
significativo de la deuda griega.
Este informe también recuerda que los “fondos buitre” así como la
veintena de bancos griegos y extranjeros (sobre todo franceses,
alemanes y holandeses), que especularon con la deuda griega desde antes
de 2010, fueron íntegramente reembolsados gracias a los préstamos de la
Troika.. La reestructuración solo tuvo lugar dos años más tarde, una
vez que los acreedores privados fueron rescatados. Lo que finalmente
hizo que el coste de la reestructuración de 2012 la pagasen los fondos
de pensiones griegos y los ciudadanos que tenían títulos de la deuda
griega.
El proceso de la auditoría permite identificar con precisión las
deudas ilegales, ilegítimas, odiosas e insostenibles, por lo que
constituye una verdadera arma política en manos del gobierno de un país
que esté negociando una reducción de su deuda. También permite, ante un
fracaso de las negociaciones —caso muy probable dada la oposición de los
principales Estados acreedores a la resolución de la ONU— tomar la
decisión unilateral de repudio de las deudas ilegales, ilegítimas,
odiosas e insostenibles.
Tal decisión, que se justifica por consideraciones imperativas de
justicia y de equidad, también tiene sus fundamentos en los conceptos de
soberanía, de autodeterminación y de autodefensa. En efecto, cuando
un país es el objetivo de las acciones de sus acreedores que perjudican
las condiciones de vida de su pueblo, un Estado puede recurrir
legítimamente a contra-medidas, sobre la base del derecho internacional
consuetudinario. Estas contra-medidas pueden tomar la forma de
un repudio de las deudas. Las mismas deben ir acompañadas de una serie
de medidas complementarias destinadas, en particular, al control de los
Bancos para ponerlos al servicio del interés general, la justicia
fiscal, etc.
Recordemos que Ecuador realizó una auditoría integral de su deuda
pública durante el período 2007-2008 y, que sobre la base de sus
resultados, se tomó la decisión soberana de no reembolsar la parte
ilegítima de la deuda externa comercial. Sus acreedores no tuvieron otra
opción que aceptar esa decisión, y esos recursos permitieron al
gobierno ecuatoriano aumentar la inversión en el sector social.
Para terminar con el dominio de los acreedores sobre el destino de las poblaciones de los Estados endeudados, que utilizan la deuda como instrumento de chantaje para dictar las políticas antisociales y debilitar la democracia, la red CADTM internacional:
Para terminar con el dominio de los acreedores sobre el destino de las poblaciones de los Estados endeudados, que utilizan la deuda como instrumento de chantaje para dictar las políticas antisociales y debilitar la democracia, la red CADTM internacional:
1. Apoya cualquier iniciativa internacional sobre la deuda siempre que se lleve a cabo en un marco democrático como la Asamblea General de la ONU y que haga que los derechos humanos prevalezcan sobre los intereses de los acreedores;
2. recomienda añadir a los nueve principios el derecho inalienable de los Estados a llevar a cabo una auditoría integral de su deuda y a suspender el pago de la misma durante el período de las negociaciones sobre la reestructuración. El derecho a realizar auditorías ya está reconocido en muchos documentos internacionales como los Principios Rectores relativos a la Deuda Externa y los Derechos Humanos, adoptados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU el 18 de julio 2012. La suspensión del pago de la deuda se basa en la primacía de los derechos humanos, de conformidad con el artículo 103 de la Carta de la ONU y al argumento del estado de necesidad reconocido por el derecho consuetudinario internacional y por la jurisprudencia.
por mas informaciónes, ver:
Reflexiones iniciales en torno a la decisión de la ONU de establecer un marco jurídico multilateral para los procesos de reestructuración de deuda pública
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